Decreto N° 2488-2018
Sustituye art. 3º del Decreto Nº 601/80 sobre transferencia de fondos a distintas unidades regionales y de orden público de la policía de la provincia
Estado de la norma: VIGENTE
Publicado en el B.O. 3321 del 03-08-2018
Dictado el 31-07-2018
Operador del Digesto: M.L.E.
Artículo 1°.-Sustitúyase el artículo 3° del Decreto N° 601/80, por el siguiente:
“Artículo 3°.- Las Unidades Regionales, Departamentos y Comisarías Departamentales recibirán un anticipo de los fondos asignados, incluyendo los correspondientes a sus Unidades subordinadas. La Jefatura de Policía de la Provincia, fijará la suma de dinero a transferir a cada una en forma mensual.-
Para la adquisición de combustible destinado al Parque Automotor a cargo de cada Unidad Regional, Departamento y Comisaría Departamental, incluidas sus Unidades subordinadas y para la adquisición de bienes de consumo de dichas dependencias, la modalidad de contratación será en forma directa, con autorización previa y aprobación del Señor Jefe de Policía, hasta dos veces el límite superior del tramo A-3 del Decreto N° 1656/16 o de sus modificatrias. En caso de que se supere el límite mencionado precedentemente y hasta dos veces el límite superior del tramo A-4 del Decreto N° 1656/16 o sus modificatorias, el proceso de adquisición será a través de solicitud de cotización, previo autorización del Señor Jefe de Policía, quien además adjudicará la compra.
El procedimiento de las solicitudes de cotización se ajustará al previsto en el artículo 2° tercer párrafo del Decreto N° 1656/16 o de sus modificatorias y en su caso, por la excepción prevista en el artículo 43 del mismo texto normativo.
Jefatura de Policía será responsable de llevar el cómputo del gasto mensual de cada dependencia policial, a efectos de que no supere el monto máximo fijado para cada nivel.
La Policía de la Provincia fijará la suma de dinero a transferir a cada una conforme el crédito presupuestario en forma mensual, asimismo, la imputación en su etapa de afectación preventiva del importe total que resulte se realizará en la Dirección de Administración de Jefatura de Policía. La Habilitación del Ministerio de Seguridad realizará la remisión de los fondos”.